jueves, 16 de julio de 2009

Programa Especial de Protección a Empleadas de Casa Particular.


La gestión del Presidente Álvaro Colom y su esposa Sandra Torres ha sido marcada por campañas populistas y derroche de dinero, utilizando como excusa el combate a la pobreza y la desigualdad para realizar millonarios prestamos internacionales que a largo plazo solamente agravan la situación económica del país; estos fondos se invierten para ganar popularidad entre los beneficiados, los cuales logran un beneficio a corto plazo pero cuyo efecto difícilmente será prolongado puesto que si estos fondos no se invierten en la generación de riqueza, entonces solamente se dilapida dinero que el país no genera y por el cual el estado ha adquirido deudas que será incapaz de solventar.

Aunque claramente tiene un trasfondo político con miras a consolidar algunos votos en los próximos comicios, en los que seguramente la señora Sandra se presentara como candidata a la presidencia. El Programa Especial de Protección a Empleadas de Casa Particular (Precapi) me parece una de las pocas iniciativas que se deben reconocer a este gobierno, puesto que este sector laboral no cuenta con la protección adecuada por parte de la legislación de país, lo que promueve el abuso a sus miembros.

El PRECAPI fue presentado esta semana por el presidente Álvaro Colom, y su esposa Sandra Torres, junto a las autoridades del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). Este programa es considerado como “histórico”, por el reconocimiento de los derechos laborales de las trabajadoras domésticas y beneficiará en principio a cerca de 10 mil mujeres, la mitad de las cuales cumple jornadas de más de 14 horas diarias de trabajo.

El Código de Trabajo en el Titulo Cuarto regula el Trabajo Domestico dentro de los Regímenes especiales de Trabajo, pero la precaria normativa para este sector solamente legaliza y encubre una relación de trabajo abusiva, lo cual discrimina y afecta en forma negativa a este tipo de trabajadores. 

La remuneración parea estos trabajadores comprende, salvo pacto en contrario, el suministro de habitación y manutención. El patrono puede exigir al trabajador doméstico la presentación de un certificado de buena salud.

Este trabajo no está sujeto a horario ni a las limitaciones de la jornada de trabajo, otorgando únicamente los discriminatorios derechos siguientes: a) descanso absoluto mínimo obligatorio de 10 horas diarias, las cuales deben ser nocturnas y continuadas y 2 para comidas; b) los domingos y feriados citados por el Código de Trabajo deben gozar de un descanso remunerado adicional de seis horas.

Los casos de enfermedad que surjan se rigen por las normas contenidas en el artículo 165 del Código de Trabajo, donde se encuentran obligaciones de ayudar al financiamiento de las enfermedades del trabajador, e incluso costear los gastos en caso de fallecimiento. En este artículo se establece la facultad de dar por terminado el contrato cuando surja enfermedad que no sea leve que incapacite por más de una semana, con la obligación de pagar la otra parte un mes de salario por cada año de trabajo continuo, pero esta indemnización no puede exceder del importe correspondiente a cuatro meses de salario. Es también causa justa para el despido, la falta de respeto o mal trato notorio.

Disposiciones como las mencionadas anteriormente han mantenido sumisos a los trabajadores de este sector, los cuales se encuentran indefensos ante el abuso de los patronos y los percances que les pueda presentar la vida puesto que hasta la fecha no se encontraban incluidos en planes de previsión social. Es por esto que a pesar de que sus motivos no son altruistas, aplaudo la iniciativa del gobierno. 

El Precapi, explicó Colom durante un acto celebrado en el Palacio Nacional de la Cultura, otorgará cobertura de maternidad, atención médica a los hijos de las beneficiarias en sus primeros cinco años de vida, y asistencia médica en caso de accidentes. Aunque este programa no incluye protección por invalidez, vejez, sobrevivencia y enfermedad común, Mildred Díaz, presidenta del Centro de Apoyo a las Trabajadoras de Casa Particular (Centracap), dijo que “se trata de un primer paso” en la lucha por esta reivindicación. 

La primera etapa de este plan, con un plazo de un año, estará vigente sólo en el departamento de Guatemala, y según las autoridades del IGSS, los resultados de la evaluación se tomarán en cuenta para la ampliación del mismo a nivel nacional.

Para cubrir los gastos del Precapi, el patrono deberá pagar mensualmente una cuota de Q40, y cada trabajadora una de Q20. El Estado, por medio de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, cubrirá una cuota patronal estimada en Q40 por cada trabajadora beneficiaria.

Según la Encuesta de Condiciones de Vida del 2006, en todo el país existen cerca de 183 mil trabajadoras en casas particulares, el 72 por ciento de las cuales devengan salarios promedio de unos Q600 mensuales. Según cifras oficiales, el 42 por ciento de las trabajadoras de casas particulares en el país tienen entre 10 y 18 años de edad; el 77 por ciento de ellas vive en la soltería y sólo el 1 por ciento devenga el salario mínimo obligatorio, el cual asciende a unos Q1 mil 600 mensuales.



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